Gobierno entra a controlar a Viva Air
La Superintendencia de Transporte anunció impuso medida de sometimiento a control a la aerolínea Fast Colombia S.A.S., en Proceso de Recuperación Empresarial, así como solicita a la Superintendencia de Sociedades la admisión a reorganización empresarial.
Así lo reveló el ministro de Transporte, Guillermo Reyes quien dijo que la medida se da por presentar una situación crítica de orden económico y administrativo, que afecta directamente la prestación del servicio público de transporte aéreo y a los usuarios de dicho servicio.
Sostuvo el jefe de esa cartera que establecen medidas especiales como la presentación de un Plan de Recuperación y Mejoramiento para superar las situaciones que dieron origen a la imposición de la medida. Además, la aerolínea deberá definir a los pasajeros el estado de reservas emitidas y confirmadas.
Las medidas
Dentro de las medidas ordenadas por el Gobierno en la toma de Control de Viva Air (Fast Colombia SAS), se encuentra la de presentar un Plan de Recuperación y Mejoramiento, mediante el cual se tomen acciones para resolver las situaciones críticas que dieron origen a la imposición de la medida.
Igualmente ordena entregar un reporte de información que permita determinar, el órgano de administración o agente externo que tomó la decisión administrativa y operativa, de suspender la prestación del servicio público aéreo y los análisis técnicos, administrativos y financieros en que se soportó la decisión.
Se ordena a la aerolínea restablecer la sede administrativa y los servicios asociados a ellos, sin perjuicio de la orden administrativa emitida por la Dirección de Investigaciones de la Delegatura para la Protección de Usuarios del Sector Transporte.
Igualmente debe definir, a más tardar mañana, a los pasajeros el estado de reservas emitidas y confirmadas.
También se prohíbe a los administradores y empleados, la constitución de garantías que recaigan sobre bienes propios de la sociedad, enajenaciones de bienes y operaciones que no correspondan al giro ordinario de los negocios, sin autorización previa de esta Superintendencia.
Advierte a la aerolínea que deberá preservar el pasivo recibido por los recursos recaudados por la venta anticipada de tiquetes, tiqueteras y por aviación no regular de pasajeros, de lo cual deberá presentar reporte hasta cuando se superan las condiciones que dieron origen a la presente decisión.