Pago de impuestos y beneficios tributarios: aún puede acceder a los descuentos
Frente a los beneficios tributarios que siguen activos en la ciudad sobre la vigencia 2023, aún es posible acceder a los descuentos, como resultado del Acuerdo Municipal 015 de 2021, el cual establece el 10% hasta el 30 de abril, y el 5% durante los meses de mayo y junio.
De esta manera, los contribuyentes que no tuvieron la posibilidad de hacer el pago de su factura para la vigencia del año en curso, podrán acceder al beneficio del 10%, pagando en cualquier entidad bancaria autorizada, o por PSE.
“Queda otro beneficio también importantísimo que lo trajo la reforma tributaria, que es con aquellas personas que tienen deudas (deudores morosos), y el beneficio es que, si pagan la vigencia, pues tienen el derecho al 50% de los intereses, esto es un beneficio bastante importante para esas familias que no han podido pagar la vigencia de estos impuestos, especialmente el Predial”, indicó el secretario de Hacienda, Yesid Barragán.
¿En qué se ve reflejado ese dinero?
“Este como es un recurso nuestro, son ingresos propios, prácticamente el 70% de estos recursos van para todos los proyectos de inversión del Plan de Desarrollo del Gobierno Local, especialmente con el compromiso que tiene con la comunidad ibaguereña en cuanto a la malla vial principalmente”, explicó el jefe de cartera local.
¿Dónde pueden conseguir los contribuyentes su factura? ¿Es necesario que, si ya la generaron, pero no la han pagado, vuelvan a reimprimirla?
“Para este corte, las personas que están al día, que no tienen vigencias anteriores de deuda, esa factura que reclamaron en el primer trimestre les sirve para pagar con corte al 30 de abril e incluso para pagar con corte al 30 de junio porque ambas están con código de barras identificadas.
En el caso de los ciudadanos que tienen vigencias anteriores y que reclamaron la factura antes del 31 de marzo, pero no han podido pagarla, el funcionario explica que deben acercarse a la oficina o descargarlo por la plataforma de la Alcaldía de Ibagué. “Lo pueden hacer con la ficha catastral o de acuerdo al registro que hagan en la oficina”, puntualizó Barragán.