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¿Hay desconocimiento legal en la imposición de comparendos en Ibagué?

Al parecer, la falta de claridad en la normativa local está llevando a la Policía de Ibagué a imponer comparendos injustificados por consumo de alcohol en espacios públicos.
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Establecimiento comercial
Crédito
Tomada de internet
5 Sep 2024 - 9:10 COT por Oscar Cardozo

En Ibagué, la regulación sobre el consumo de bebidas alcohólicas en espacios públicos está generando una creciente preocupación, debido a la confusión entre las normativas vigentes y las acciones policiales. La sentencia C-235 de 2019 de la Corte Constitucional declaró inexequibles ciertos artículos del Código Nacional de Policía que prohibían el consumo de alcohol en estos espacios, pero las autoridades locales han emitido decretos con ambigüedades que han dado lugar a la imposición de comparendos erróneos.

El abogado William Mauricio Charcas Pinzón, tras una investigación, presentó el 22 de abril de 2024 un derecho de petición al Municipio de Ibagué para aclarar las restricciones sobre el consumo de alcohol. La solicitud fue remitida entre varias oficinas sin obtener una respuesta clara, lo que llevó al abogado a interponer una acción de tutela. Finalmente, el Juzgado Primero Civil Municipal falló a su favor el 6 de agosto, ordenando al Municipio responder de manera precisa.

 

El 20 de agosto, la oficina jurídica del municipio confirmó que, salvo ciertas excepciones como la prohibición del consumo de alcohol por menores, no existe una prohibición general en Ibagué. Sin embargo, la imposición de comparendos en base a una interpretación errónea de la ley ha causado preocupación entre los ciudadanos.

 

No obstante, la Alcaldía  aclaró que no se prohíbe en general el consumo de bebidas alcohólicas en espacios públicos; sin embargo, el Municipio ha expedido prohibiciones para actividades que impliquen la ocupación de bienes públicos, considerados como espacios públicos a menores de edad.

Charcas Pinzón hace un llamado a la Policía de Ibagué para que actualice sus protocolos y actúe en conformidad con la normativa vigente, evitando sanciones injustificadas que afecten el derecho de los ciudadanos a disfrutar de los espacios públicos sin temor a sanciones arbitrarias.

Dato: la Corte Constitucional declaró inexequibles ciertos artículos del Código Nacional de Policía que prohibían el consumo de alcohol en estos espacios y facultó a las autoridades municipales a regular en su territorio, pero las autoridades locales han emitido decretos con ambigüedades que han dado lugar a la imposición de comparendos erróneos por la mala interpretación normativa de la policía de Ibagué.

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