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Uber: Fallo Impopular pero legal y necesario

A mi parecer, es un fallo en derecho, que es justo con el gremio de los taxistas y que denota coherencia y apego a la ley por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio. Por: Carolina Toro.
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Javier Pérez / Ecos del Combeima
24 Dic 2019 - 6:45 COT por Ecos del Combeima

Ha producido bastante descontento en la sociedad, la reciente comunicación de la  Superintendencia  de Industria y Comercio, en donde anuncia la orden de cese de la prestación del servicio de trasporte a Uber. Desde el 20 de diciembre, se han manifestado tanto usuarios como generadores de opinión produciendo desinformación. Cabe resaltar que la decisión fue generada con ocasión de una demanda de la Empresas Cotech S.A, proveedor de servicios de Taxis Libres, en contra de Uber  Technologies INC y Uber Colombia S.A.S por considerar que el demandado  viola las normas de competencia desleal y se incurre en desviación de clientela. Así las cosas, en virtud de que las funciones de administración de justicia ejercidas por la Superintendencia de Industria y Comercio, un juez de la República,  administrando justicia especializada en la SIC, profiere el fallo condenatorio en contra de los demandados. No fue una decisión del Superintendente de Industria y Comercio, quien no tiene incidencia en la misma,  ni una orden de nuestro presidente Iván Duque.

Se han leído comentarios tales como que el presidente actúa contrario a lo que promueve con la Ley de Economía Naranja, que se están pagando favores electorales, que se está atacando la innovación y la tecnología, que se desconoce el derecho de los usuarios, que se pretende proteger un servicio deficiente como el de los taxistas, etc.; frente a todo esto, usualmente expresado por usuarios, periodistas, youtubers y en general, personas desinformadas, se debe enriquecer el debate desde los argumentos y la ley y no desde las percepciones y los rumores. Suele pasar que algunos periodistas desconozcan estos temas y se proclamen expertos generando confusión y motivando  la impopularidad de nuestro Gobierno.  Como Usuaria que algún día fui, naturalmente siento una afectación, pues es un modelo de negocio innovador, que reconoció las necesidades de los usuarios, que irrumpió en el mundo con una propuesta de valor orientada al servicio y que sin lugar a dudas es un ejemplo de negocio con crecimiento exponencial que cualquier empresario envidiaría tener;  sin embargo, es claro que es un servicio que no opera conforme a nuestra ley y que requiere una regulación, como ha ocurrido en otros países, para que no se vulneren los derechos, como en este caso, de los taxistas que sí tienen que cumplir con las leyes en materia de transporte que les son aplicables en virtud de su operación. Querámoslo o no, la ley es la ley, y si un juez de la República emite un fallo, debemos acatarlo; sin embargo, contra la sentencia procede el recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Bogotá, apelación que ya se presentó y que pese a esto, el carácter del fallo es devolutivo y no suspensivo, es decir, que a pesar de presentarse una apelación, el efecto del fallo permanece y no se suspende hasta que haya fallo en segunda instancia y esto puede tardar dos años aproximadamente.

De todas maneras para que se cumpla con el fallo, el demandante, Cotech, debe demandar ejecutivamente a Uber para lograr el cumplimiento del fallo.

A mi parecer, es un fallo en derecho, que es justo con el gremio de los taxistas y que denota coherencia y apego a la ley por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio, pues si estuviéramos frente a otra clase de funcionarios, este fallo no habría sido generado en estas épocas de protesta, en donde la imagen de nuestro Presidente no es la mejor. Habrían fallado diferente o retardado la decisión, al menos mientras se resuelven los puntos a negociar con los promotores del paro. Al Gobierno no le conviene generar este tipo de debates y a pesar de que la decisión es por un juez en uso de administración de justicia especializada de la SIC, no interfirió para postergarla ni para favorecer a alguna de las partes. Eso habla muy bien de los funcionarios de este Gobierno.

También es importante tener en cuenta que el fallo no viola el derecho al trabajo, por el contrario, lo protege, pues quienes ejecutan la labor del transporte, deben cumplir con la ley y al competir contra Uber, este último sin regulación alguna, atenta  directamente contra el trabajo de quien labora en el marco de la legalidad. Tampoco considero correcto afirmar que los inversionistas extranjeros huirán de nuestro país al no tener garantías, pues este caso podría trasladarse a otro negocio que opere con tecnología; decir esto sería como pretender aceptar que se viole la ley so pretexto de inversión y desarrollo tecnológico, se debe por el contrario, proteger nuestros derechos, independiente del medio que se utilice para satisfacerlos.

La Corte Constitucional en Sentencia C-033 del 2014 señaló lo siguiente: “siempre que se trate de prestar un servicio de transporte, sea público o privado, dada la prevalencia del interés general sobre el particular, es imperativa la intervención estatal para reglamentar y controlar esa actividad, en procura de garantizar no sólo el pleno ejercicio de actividades inherentes a la economía o el desarrollo de la sociedad, sino principalmente para salvaguardar la seguridad tanto de los usuarios como de la comunidad.” Tan importante para nuestra sociedad es el servicio de transporte, que se tiene un amplio ordenamiento jurídico que pretende su regulación para garantizar los derechos de la sociedad, y Uber no puede justificarse, para no ser sujeto de esta regulación, con el argumento de no prestar un servicio público de transporte si no un servicio tecnológico y que por este motivo no se le puede obligar a cumplir con la ley que rige esta materia y no se le puede acusar de violar las normas de competencia desleal; por el contrario, precisamente por no cumplir con la regulación, es que obtiene una ventaja competitiva ubicándose en una posición competitiva mucho mas favorable y de esta forma atentando contra la regulación en materia de competencia desleal.

Aplaudo este fallo, a pesar de ser beneficiaria del servicio en el pasado, porque se actúa conforme a la ley, se falla en derecho, porque este fallo es la puerta para regular el negocio, regulación que urge y ha sido  evadida durante años, porque la Super Intendencia de Industria y Comercio nuevamente da muestras de tener los pantalones bien puestos y tener la ley como premisa, no sufre de temor, no paga favores, no obra por conveniencia ajena, sino por conveniencia jurídica en favor de los derechos de todos nosotros. Impopular el fallo? Obvio si, pero también necesario y oportuno.

No le tengan miedo a que se falle conforme a derecho con el argumento de los inversionistas, teman mas bien no tener un ordenamiento jurídico y unos agentes que no tengan en primer renglón el cumplimiento de la ley. En el Reino Unido este año no le renovaron la licencia a Uber por no considerarlo seguro para los usuarios. En países como Bulgaria, Hungría, Dinamarca, Norte de Australia,  Uber se ha retirado y no ha pasado nada. En países  como México, Portugal, algunos Estados de Estados Unidos e Italia, el servicio ha sido regulado. Los invito a ver esta situación como un referente de legalidad y protección a nuestros derechos y a no hacer eco a los ignorantes del tema que solo buscan generar confusión y sentimientos anti Gobierno. Feliz Navidad.

 

 

 

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