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¡Bravo! Listas a corporaciones públicas con el 50% de mujeres

Es decir que, en el caso de Ibagué, los partidos y/o movimientos políticos deben inscribir de manera obligatoria en sus listas a 10 mujeres y 9 hombres, debido al número impar del Concejo, la mitad más uno se le otorgar a las mujeres, pero la norma va más allá y también exige que al interior de los partidos en la conformación de sus directivas se aplique el mismo guarismo. Por: Andrés Currea.
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Ecos del Combeima
17 Nov 2020 - 7:53 COT por Ecos del Combeima

La semana anterior las Comisiones Primeras de Senado y Cámara, aprobaron en primer debate el nuevo Código Electoral, que avanza en su trámite legislativo en medio de interesantes discusiones y debates por puntos sensibles que contiene la iniciativa que fue presentada por el Gobierno Nacional y la Registraduría Nacional del estado Civil.

Dentro de muchos aspectos de modernización del proceso electoral y del blindaje y las garantías para quienes aspiran a cargos de elección popular como para los electores, se logró un avance de altísima importancia en la lucha por la igualdad de las mujeres que participan en política. Fue aprobado dentro de los 268 artículos que contienen el proyecto de ley, uno que establece que las listas a corporaciones públicas, concejos, asambleas, cámara de representantes y senado deben incluir el 50% de mujeres.

Es decir que, en el caso de Ibagué, los partidos y/o movimientos políticos deben inscribir de manera obligatoria en sus listas a 10 mujeres y 9 hombres, debido al número impar del Concejo, la mitad más uno se le otorgar a las mujeres, pero la norma va más allá y también exige que al interior de los partidos en la conformación de sus directivas se aplique el mismo guarismo. 
Vale la pena destacar que en la actualidad se obliga a que las listas sean integradas por el 30%, la iniciativa antes de la discusión fue radicada con el aumento al 40% y en la discusión se logró el concepto de paridad que la aumentó al 50%.

Importante, muy importante avance como sociedad incluyente lo que dicta el Código Electoral, que estimula la participación de las mujeres, que es muy poca, en procesos de elección popular y como consecuencia lógica, se estima aumentará el número de mujeres elegidas en los cuerpos colegiados. También se prevé que en caso de empate entre en una lista con voto preferente y este se dé entre un hombre y una mujer, la curul a proveer será para la mujer y no se realizará sorteo como se dictaba anteriormente. 

Un Código Electoral moderno, de cara a la inclusión y que permitirá que más mujeres lleguen a espacios de poder y demuestren como lo han hecho las que hoy hace parte de las corporaciones públicas, que en muchos aspectos lo hacen mejor que los hombres. Diferentes en Colombia y otros países del mundo sobre el desarrollo político de las mujeres han demostrado que son más diligentes, más responsables socialmente, más transparentes y menos proclives a protagonizar actos de corrupción.

Sin lugar a dudas un hito histórico en la política colombiana, comparable quizás, con el que les otorgó a las mujeres en el año de 1954 la posibilidad de ejercer el voto. Ahora el reto es establecer mecanismos internos de participación que permitan que más mujeres ejerzan liderazgos al interior de sus colectividades para que en los meses previos a las elecciones los dirigentes no estén corriendo para todos los lados buscando completar las listas.

Pero también se debe pensar en asegurar no solo la participación, si no su elección, es decir garantizar el derecho de ser elegidas con la adopción de medidas electorales que desemboquen en la conformación real del 50% de elegidas en las corporaciones públicas. El debate sigue abierto, pero el paso dado es importante.

Andrés Currea Hernández
Comunicador Social y Periodista
Especialista en Educación, Cultura y Política.

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