La eutanasia, principio o fin de un derecho
La eutanasia es una intervención deliberada para poner fin a la vida de un paciente sin perspectiva de cura. Este tema, asi como el del aborto, genera innumerables posiciones en la opinión pública porque toca directamente la subjetividad de las personas, ya que habla de algo esencial, la vida.
El debate vuelve a surgir por dos situaciones: el primero, por cuenta de la sentencia C-233 de 2021, en donde la Sala Plena de la Corte Constitucional amplió el derecho fundamental a morir dignamente para aquellos pacientes que padezcan una enfermedad o lesión grave e incurable que les provoque intenso sufrimiento. Esto quiere decir que ya no es necesario ser una paciente terminal para solicitar el derecho a morir dignamente en Colombia, esto además es un revés a lo dispuesto por la misma corte en 1997.
Y el segundo se da por el caso de Martha Sepúlveda, una mujer de 51 años que padece Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA), una enfermedad grave e incurable. Ella iba a ser la primera persona en recibir el procedimiento sin tener una enfermedad terminal, acogiéndose a la nueva disposición de las Corte Constitucional, situación a la que se negó la entidad prestadora del servicio de salud que realizaría el procedimiento.
Ante lo sucedido, la paciente interpuso una acción de tutela cuyo fallo salió el día de ayer y en el que un juez de la república ordenó que dicho procedimiento debe practicarse y dio 48 horas a la entidad para acordar con Sepúlveda el día y la hora en que se realizará el procedimiento, tal como es su voluntad desde hace unos meses por tener una enfermedad terminal, sin inminencia de muerte.
Colombia es el único país en Latinoamérica que legalizó la eutanasia, y que por demás, sostiene una dinámica jurisprudencial que ha ido más allá de lo pensado, porque aún, el congreso no ha legislado sobre la materia, algo que alimenta la discusión sobre su piso jurídico.
Finalmente, la posición de apertura que se ha tenido en el país, amerita que el análisis se haga de manera objetiva, despojándose de cualquier creencia ideológica, moral, religiosa, social o política, pues se dibuja una delgada línea que atraviesa lo humano con lo científico y al que se suma el de la ética medica.
Entonces, como estamos en el Estado de las contradicciones, ¿se estaría limitando el derecho absoluto y constitucional a la vida?, si se obliga a una IPS a practicar esta clase de procedimientos, ¿qué pasa con la objeción de conciencia del personal medico?; ¿se estaría abriendo la brecha para legalizar el suicidio?. Nos enfrentamos a que la eutanasia sea el principio o el fin de un derecho. El debate queda abierto e inconcluso.