Personas de género no binario podrán pensionarse a los 57 años con la reforma pensional
Una vez fue radicado el proyecto de ley en el Congreso de la República el martes, 23 de marzo, tras llegar a un acuerdo con empresarios y trabajadores que hacen parte de la Comisión de Concertación de Políticas Laborales y Salariales, algunos artículos han sido expuestos de groso modo.
Aunque el texto en su mayoría se ciñe al esquema de pilares y al borrador que se conoció desde la semana pasada, hay varias novedades. Dentro de los aspectos a resaltar, está la cotización a la pensión por días, beneficiando a las personas con identidad de género diversa.
Es decir, los ciudadanos de género no binario podrán pedir su pensión a los 57 años, la misma edad que las mujeres; mientras tanto, las personas trans se pensionarán a la edad del género con el cual se identifican.
Según lo expuesto por la reforma, se abre la posibilidad a la cotización a pensión por días. “Los términos de la cotización mínima diaria se harán en proporción al salario mínimo legal diario cuando la actividad y la regulación así lo permitan”, indica el documento.
Así mismo, solamente los aportes obligatorios a pensión o los aportes inferiores al salario mínimo estarán exentos completamente de impuestos, los ahorros voluntarios tienen un beneficio menor y es que hasta cierto límite se consideran un ingreso no constitutivo de renta.
Por último, cabe resaltar que esta versión de la reforma es mucho más explícita en que Colpensiones ahorrará la totalidad de los nuevos ingresos que reciba por cuenta del proyecto de ley y en que esos ingresos irán a un fondo de ahorro que tendrá un régimen de inversión para buscar rendimientos.