ADRES habilitó ventana de radicación de cuentas SOAT con rango diferencial
La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, ADRES habilitó la ventana de radicación para las cuentas de prestación de servicios de salud derivados de accidentes de tránsito, donde el vehículo involucrado se encuentre asegurado con póliza SOAT con rango diferencial.
A través del Decreto 2497 expedido por del Ministerio de Salud se estableció el rango diferencial por riesgo del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, SOAT, a ciclomotores, motos de menos de 100 cc, motos de 100 cc hasta 200 cc, motocarros, tricimotos, cuadriciclos y motocarros de 5 pasajeros; taxis; autos de negocios; microbuses urbanos, así como a buses, busetas y vehículos de servicio público intermunicipal.
Por su parte, la Resolución 326 del 2023 del MinSalud determinó el procedimiento de cobro y pago que aplicará la ADRES en relación con los casos señalados anteriormente. Bajo esta normatividad, la ADRES señala que, para la presentación de dichas cuentas, es necesario que las IPS alleguen los documentos previstos en el artículo el Decreto 780 del 2016 del Minsalud además de la certificación de reconocimiento de póliza del SOAT emitido por la aseguradora con el detalle de los servicios reconocidos por esta, así como los formularios definidos en la Circular 008 del 2023 de la ADRES.
Al respecto se precisa que las ventanas de radicación se habilitan de la siguiente manera:
- Radicación del 01 al 15 de cada mes, reclamaciones nuevas.
- Radicación del 16 al 30 de cada mes, reclamaciones para objeción o subsanación de glosas.
La radicación de las cuentas de rango diferencial se realiza a través de las ventanas habitualmente habilitadas por la ADRES a fin de que las IPS las presenten oportunamente y sin trámites administrativos adicionales.
Lo anterior, ha sido socializado con las IPS en las diferentes asistencias técnicas y visitas a territorio realizadas por la ADRES.