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Primicia: Procuraduría pide que no sea suspendida la gobernadora del Tolima, Adriana Magali Matiz

El Ministerio Público pidió al Consejo de Estado negar la solicitud de suspensión provisional de la elección de la Gobernadora del Tolima, la cual fue demandada por doble militancia en la modalidad de apoyo.
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Tomada de Internet
23 Ene 2024 - 23:13 COT por Ecos del Combeima

En concepto enviado al Consejo de Estado, la Procuraduría solicitó no dar aval a la medida cautelar dentro de la demanda de nulidad de la elección de la gobernadora del Tolima Adriana Magali Matiz que cursa en la alta corte.

"La solicitud de medida cautelar de suspensión provisional de los efectos del acto de elección de Adriana Magali Matiz Vargas como Gobernadora del Departamento del Tolima, período 2024-2027, debe ser negada, toda vez que persisten puntos oscuros o dudosos que no logran superarse plenamente con la confrontación de los documentos aportados a la fecha, las normas y el acto declaratorio de elección, pues lo que se advierte, son algunas consideraciones e interpretaciones particulares, sin que tenga claridad sobre la ocurrencia de alguna irregularidad en la elección demandada", señala el concepto de la Procuraduría que Ecos del Combeima conoció en primicia.

El Ministerio Público pide de esta manera "negar la medida cautelar de suspensión de los efectos del acto de elección la señora Adriana Magali Matiz Vargas como Gobernadora del Departamento del Tolima, período 2024-2027".

La demanda que se tramita en la Sección Quinta del Consejo de Estado fue presentada por el señor Alexander Ospina Navarro y argumenta que la gobernadora Matiz está incursa en la causal de nulidad de doble militancia en la modalidad de apoyo, por cuanto siendo militante del partido Conservador y habiendo sido inscrita por la 'Coalición con Seguridad en el Territorio', promovió e invitó a votar por candidatos diferentes a los pertenecientes a su formación política.

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Sostiene que la hoy mandataria seccional respaldó al candidato Juan Guillermo Beltrán a la Asamblea Departamental del Tolima perteneciente al Partido Cambio Radical, a pesar de que el Partido Conservador contaba con listas propias de aspirantes a la mencionada corporación pública.

Para sustentar lo anterior, el demandante aportó como medios de prueba fotografías y videos de algunas publicaciones realizadas en redes sociales, donde aparece Adriana Magali Matiz junto al ahora diputado Beltrán, en las que, a juicio del accionante, se observan manifestaciones de apoyo político a la aspiración del candidato del Partido Cambio Radical. 

Sin embargo, la procuradora Séptima Delegada ante el Consejo de Estado, Idayris Yolima Carrillo Pérez, advierte en el concepto que los vídeos, fotografías y grabaciones no son plena prueba y, en consecuencia, requieren ser valoradas en conjunto con los otros medios de prueba que existan en el proceso.

En definitiva, estima que "en este momento procesal, los criterios aducidos y los documentos allegados, no se desarrollan hasta el punto de decantar de manera pura y simple" la doble militancia por apoyo de la gobernadora Adriana Magali Matiz, por lo que considera que debe negarse la solicitud de suspensión provisional de la elección de la mandataria del Tolima.

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