Corte Constitucional tumbó modificación a la Ley de Garantías
La Corte Constitucional tumbó la reforma a la Ley de Garantías que el Congreso de la República aprobó en octubre de 2021, la cual permitía que durante lo corrido del año y en medio de la época electoral, se pudieran celebrar convenios interadministrativos con las entidades territoriales para ejecutar programas y proyectos correspondientes al Presupuesto General de la Nación.
La decisión surge después de que varios congresistas demandaran la modificación a la Ley de Garantías bajo el argumento de que abría la puerta a la corrupción electoral.
Así las cosas, el Alto Tribunal estudió las demandas y seguidamente, la ponencia de la magistrada Diana Fajardo, determinando que se trató de una reforma abiertamente inconstitucional, tanto por fondo como por forma ypor ello, declaró inexequible el artículo 124 de la Ley 2159 de 2021.
"A partir de la decisión no es posible suscribir convenios interadministrativos al amparo del Articulo 124 de la Ley 2159 de 2021, por lo cual aquellos trámites que se encuentran en curso para tal fin deberán terminarse inmediatamente", señala uno de los apartes.
Cabe señalar que, la Procuraduría General de la Nación también había solicitado que se tumbará la modificación ya que violaba la constitución política.
"Debido a la especial fuerza que caracteriza a las normas estatutarias (como lo es la Ley de Garantías Electorales), no es posible constitucionalmente su modificación por medio de una disposición contenida en una ley anual de presupuesto", expone el documento.
Por el momento, se está a la espera de que la Sala Plena manifieste cuáles serán los parámetros para llevar a cabo la terminación de los contratos en curso.