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Avianca y Viva Air serán investigadas por la Superintendencia por presuntas irregularidades

Las aerolíneas podrían recibir sanciones de hasta 100.000 SMMLV por incurrir en prácticas restrictivas de la libre competencia, según la Contraloría.
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Tomada de internet
12 Dic 2022 - 12:18 COT por Ecos del Combeima

A través de un comunicado oficial, la Superintendencia de Industria y Comercio anunció que abrió una investigación sobre Avianca y Viva Air, por haber participado presuntamente en una operación de integración empresarial sin haber tenido la autorización de la Aerocivil.

Y es que, el acuerdo entre ambas aerolíneas se conoció hace unas semanas, con el argumento de que la situación económica por la que atraviesa Viva Air le impediría cumplir con sus obligaciones respecto de rutas y frecuencias del tráfico aéreo en el país. Sin embargo, el Ministerio de Transporte y la Aeronáutica Civil se opusieron a la integración, ya que se presentaría un monopolio en la prestación del servicio aéreo en buena parte de las rutas existentes.

Así las cosas, la entidad consideró que la adquisición de los derechos económicos de ambas aerolíneas por parte de Investment Vehicle 1 Limited, controlante de Avianca, “habría sido insuficiente para llevar a cabo una integración entre ambas empresas y además no se informó a la autoridad competente”, lo que implicaría que ambas compañías habrían incurrido en prácticas restrictivas de la libre competencia.

A raíz de los hechos expuestos, tanto Avianca como Viva Air podrían recibir sanciones de hasta 100.000 salarios mínimos legales vigentes, y en un peor escenario, estarían sometidas a perder el 20% de sus ingresos operacionales o de su patrimonio, esto según lo estipulado en el artículo 67 de la Ley 2195 de 2022.

Sumado a la investigación, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) imputó varios cargos contra el director legal de Avianca, Richard Galindo Sánchez, al parecer, por haber facilitado y autorizado la conducta imputada. 

Se señaló que se busca “determinar si infringió lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 2195 de 2022, por presuntamente haber facilitado, colaborado, autorizado, promovido, impulsado, ejecutado o tolerado la conducta imputada a los agentes de mercado”, indicó la SIC.

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